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La violencia vicaria

La violencia vicaria es aquella violencia que se ejerce sobre la mujer con el fin de causarle el mayor y más grave daño psicológico a través de terceras o interpósitas personas y que consigue su grado más elevado de crueldad con el homicidio o asesinato de esas personas (hijos e hijas, madre, padre, pareja actual etc.). (Ley 14/2021, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género) Desde el 2015, se consideran a los/las menores de edad expuestos/as a violencia de género como víctimas, gracias a la Ley de Protección de la Infancia. Al mismo tiempo, hay una serie de sentencias que sientan el precedente en esta materia, y estas son la Sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña, del 16 de octubre de 2018, en la que el padre asesinó a su hijo de 11 años el día de la madre, y la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, del 21 de octubre de 2019, en la que el padre en grado de ...
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Perfil psicopatológico del agresor en la violencia de género

El conocimiento del agresor, y por ende el establecimiento de un perfil de este, es algo importante, ya que cuanto mas conocimientos se tengan sobre la peligrosidad del agresor más se podrá realizar una protección efectiva para la víctima.   La principal característica sobre los agresores de violencia de género, como establecen Lorente y Lorente, es la inexistencia de ningún dato específico en su personalidad. Los agresores en la violencia de género forman un grupo muy heterogéneo que tienen como único elemento en común el haber ejercido este tipo de violencia y la relación emocional que tienen con la víctima. De forma general, la mayoría de los estudios concluyen que la existencia de trastornos mentales es poco frecuente en estos casos de violencia de género, sin embargo, si que aparecen rasgos o características que estos trastornos de forma elevada. Algunas de las más frecuentes son: no presenta psicopatología específica; no emplea violencia con otras personas; tiene actitud...

La base de nuestro ordenamiento jurídico... El artículo 14 CE y su realidad social

La Constitución Española es la norma suprema del ordenamiento jurídico español, y en ella aparecen los derechos fundamentales. Los derechos y deberes fundamentales aparecen en el Título I Derechos y libertades, los cuales van del artículo 15 al artículo 29. En su artículo 14 CE: "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social." Este artículo asienta las bases de como debería ser nuestra sociedad, en la que indistintamente del sexo de las personas estas deben ser iguales. Sin embargo, la realidad dista mucho de ser esta, a pesar de la gran lucha de las mujeres y que nuestra propia norma suprema en España se refiere a la igualdad entre mujeres y hombres, el sistema judicial sigue rigiéndose por normas y costumbres propias de la sociedad patriarcal en la que vivimos. La discriminación machista, según el artículo 14 de la CE y ...